Es breve la historia. El sindicato convocó a elecciones y tuvo como hecho sorprendente después de muchos años de “lista única” que un grupo de afiliados tuviera la osadía de formar otra lista, opositora.
Dos candidatos no reunían los requisitos estatutarios. La junta electoral, elegida por el oficialismo, consideró que era suficiente motivo como para no oficializar la lista verde y votar sólo con el oficialismo.
Un informe de Cadena 3 de Mirta Espina dos días antes de la elección rezaba: ”Nos hemos presentado para ver si nos atiende la junta electoral del sindicato para que nos permitan participar de las elecciones o que suspendan las mismas y nos den tiempo”, había dicho al mediodía Diego Acuña, candidato de la lista opositora. Sin embargo, horas después de que se presentaran en el gremio, una patrulla de la Policía se acercó al lugar, pese a que no había ninguna denuncia contra los trabajadores que reclamaban participar en los comicios.
Sorpresivamente, una patota de la UOCRA, identificable por los colores de sus banderas, intentó ingresar al gremio y comenzaron los golpes de puño, las corridas y las pedradas . Al grito de “Borombombón, borombombón, los sindicatos son de Perón”, los militantes de la UOCRA irrumpieron con palos y golpearon a los dirigentes del Partido Obrero, que estaban en la vereda, y a los empleados de comercio que se encontraban en el interior.
Este ejemplo es válido para tratar de entender cómo es la dinámica de este “sistema” que tiene al Ministerio de Trabajo como centro del engranaje principal . ¿Cómo es que el Gobierno se involucra dentro de los sindicatos? La autoridad de aplicación en los procesos electorales sindicales es el Ministerio de Trabajo. Que arbitra en los conflictos intrasindicales.
Para dicho supuesto y superada la Junta electoral, las indefensas oposiciones recurren al Ministerio de Trabajo, Dirección de Asociaciones Sindicales.
El Ministerio consulta permanentemente con los dirigentes nacionales que centralizan la influencia sobre las autoridades y ejercen presiones.
En este caso, para que las oposiciones no intervengan.
La autoridad es permeable y se producen negociaciones que tienden a limitar derechos de aquellos “opositores” que no son fieles intérpretes de las cúpulas que administran los llamados sindicatos-empresas .
Siguiendo esta historia de la lista opositora, imaginemos que dada la experiencia traumática por carencia de democracia interna, estos mismos trabajadores quieran formar su propio sindicato u organizarse por medio una agrupación, para participar de las elecciones de delegados en el sindicato con personería gremial.
El primer escollo es el trámite de inscripción de los sindicatos . Sí no cuenta con avales políticos, suele durar entre cuatro o cinco años.
Más aún después de los fallos “ATE” y “Rossi” de la Corte Suprema de Justicia -donde tutela derechos de las entidades simplemente inscriptas-, se retrasa adrede cualquier solicitud, porque pueden disputar las direcciones .
Las elecciones de delegados suelen no convocarse si existe la posibilidad de “zurdos opositores”. Otro método es hacerlo sorpresivamente para que sólo sean candidatos los oficialistas .
Siguiendo nuestra historia imaginaria, si logran sobrevivir a la ilegalidad y participan en un conflicto, o simplemente son descubiertos en alguna actitud de activismo, son despedidos sin justa causa . Estas represalias o actos discriminatorios son, muchas veces, consecuencia de la amenaza de los sindicatos-empresa hacia las pequeñas empresas, tales como cobros de deudas pendientes, paros de la actividad sin causa reivindicativa, amenaza de denunciar el trabajo no registrado o simplemente de acuerdos no escritos para no permitir las oposiciones.
En este escenario se verifica el aumento significativo de conflictividad sin titular aparente (autoconvocados, simplemente inscriptos, con inscripción en trámite, etc. …) y el aumento de despidos discriminatorios. Cada vez son más los casos que se tramitan en los Tribunales de Trabajo.
La utilización de patotas para-patronales o para-gubernamentales, las zonas liberadas, los atentados, las emboscadas, las palizas o amenazas, iniciación de procesos penales contra los “rebeldes”, las represalias son comunes, diría que son hasta diarias.
Las violaciones a la libertad sindical en la práctica son mayormente actos discriminatorios, represalias o violaciones a las libertades públicas.
Hay derechos fundamentales de los ciudadanos que deben tener tutela para su desarrollo. Si los gobiernos no lo hacen suelen desaparecer o mal formarse. La libertad sindical es uno de ellos, como lo es la libertad de prensa, la libertad de expresión etc. Si en lugar de tutela lo que ejercen los gobiernos son complicidades , seguramente estos conflictos continuarán y tendrán incidencia cada vez más agudas en las relaciones laborales.
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