La
Universidad Nacional de Río Cuarto ha dictado una resolución que causó
más revuelo que el comprensible. Se trata del reconocimiento de uno de
los sindicatos que representan a los trabajadores no docentes a designar
veedores en los concursos para ingreso y promoción del personal.
* Abogado laboralista. Director del Departamento Jurídico de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE-CTA)
Como todo el sector público, en la UNRC existen más de un sindicato con Pesonería Gremial.
Es una excepción a la regla general establecida en el denominado Modelo Sindical Argentino, de Personería Gremial única, donde un solo sindicato monopoliza la representación de los trabajadores y ejerce los derechos sindicales de manera exclusiva.
En el Estado, en cambio, desde hace más de sesenta años existe un sistema de pluralidad de personerías gremiales.
A nivel nacional coexisten dos sindicatos con Personería Gremial (ATE y UPCN), sin que uno excluya al otro, y en niveles inferiores suelen coexistir aún más de dos.
Es cierto que la Provincia de Córdoba opera como una excepción a la excepción, ya que el gobernador De la Sota, a pesar de varias resoluciones del Ministerio de Trabajo de la nación que establecen lo contrario, se empecina en reconocer sólo al SEP como interlocutor válido, como si el patrón pudiera elegir por los trabajadores quién será su representante.
Pero la Universidad Nacional de Río Cuarto, como toda Universidad Nacional, no depende del gobierno de la Provincia de Córdoba.
Esta rareza del sistema sindical argentino ha sido reconocida ya por muchas leyes, resoluciones administrativas, sentencias judiciales y, sobre todo, por los propios trabajadores involucrados.
En efecto, el sistema es consecuencia de la forma en que los trabajadores del Estado –en todas sus variantes- han elegido libremente para organizarse.
Y funciona muy bien, como suele ocurrir cuando hay libertad. Nadie obliga a ningún trabajador del Estado a afiliarse a uno u otro sindicato, sin embargo, la mayoría se encuentra afiliada a alguno. En el sector privado, en cambio, los niveles de sindicalización son mucho menores.
Pero veamos lo que está ocurriendo en la Universidad Nacional de Río Cuarto, que traspasó los límites de sus claustros para instalarse, enhorabuena, en los medios de comunicación.
En la UNRC existen dos sindicatos con Personería Gremial: ATE y ATURC. Uno, el primero, cuenta con la Personería Gremial N° 2, otorgada en 1946, y otro, el segundo, con Personería Gremial N° 1628, del 2002.
Como se dijo, ninguna excluye a la otra, y ambas organizaciones pueden ejercer la totalidad de los derechos que se derivan de su Personería Gremial, y los trabajadores de la UNRC pueden optar por afiliarse a una u otra, por las razones que sean. Evidentemente, uno sería mayoritario y otro minoritario, por lo que algunos derechos serán ejercidos en base a las proporciones de representación de cada uno.
En virtud de ello, ambos sindicatos tienen afiliados, realizan actividad sindical, cuentan con delegados electos que además gozan de tutela sindical, se les descuenta la cuota sindical de sus afiliados, son titulares de conflictos colectivos y reconocidos como interlocutores por las autoridades de la UNRC y pro el Ministerio de Trabajo.
Ahora bien, nada de ello causó tanto revuelo en su momento ni en estos días como la Resolución de la UNRC que decide “autorizar a ATE a designar veedores para cualquier concurso no docente”.
Se trata de un mecanismo de participación en un acto de suma importancia para los trabajadores, entre los que hay, como vimos, afiliados a ATE.
Es evidente que si son dos los sindicatos que designan veedores en los concursos, el bien protegido, que es la transparencia, publicidad y garantía de los derechos de los trabajadores, se verá ampliamente favorecido.
Parece mentira entonces que cuando se trata de profundizar la democratización de las relaciones laborales, lo cual, va de suyo, beneficia a los trabajadores, a los sindicatos y a la propia Universidad, sean tantas las voces que se alzan en contra, como si le tuvieran miedo a la democracia.
Es una excepción a la regla general establecida en el denominado Modelo Sindical Argentino, de Personería Gremial única, donde un solo sindicato monopoliza la representación de los trabajadores y ejerce los derechos sindicales de manera exclusiva.
En el Estado, en cambio, desde hace más de sesenta años existe un sistema de pluralidad de personerías gremiales.
A nivel nacional coexisten dos sindicatos con Personería Gremial (ATE y UPCN), sin que uno excluya al otro, y en niveles inferiores suelen coexistir aún más de dos.
Es cierto que la Provincia de Córdoba opera como una excepción a la excepción, ya que el gobernador De la Sota, a pesar de varias resoluciones del Ministerio de Trabajo de la nación que establecen lo contrario, se empecina en reconocer sólo al SEP como interlocutor válido, como si el patrón pudiera elegir por los trabajadores quién será su representante.
Pero la Universidad Nacional de Río Cuarto, como toda Universidad Nacional, no depende del gobierno de la Provincia de Córdoba.
Esta rareza del sistema sindical argentino ha sido reconocida ya por muchas leyes, resoluciones administrativas, sentencias judiciales y, sobre todo, por los propios trabajadores involucrados.
En efecto, el sistema es consecuencia de la forma en que los trabajadores del Estado –en todas sus variantes- han elegido libremente para organizarse.
Y funciona muy bien, como suele ocurrir cuando hay libertad. Nadie obliga a ningún trabajador del Estado a afiliarse a uno u otro sindicato, sin embargo, la mayoría se encuentra afiliada a alguno. En el sector privado, en cambio, los niveles de sindicalización son mucho menores.
Pero veamos lo que está ocurriendo en la Universidad Nacional de Río Cuarto, que traspasó los límites de sus claustros para instalarse, enhorabuena, en los medios de comunicación.
En la UNRC existen dos sindicatos con Personería Gremial: ATE y ATURC. Uno, el primero, cuenta con la Personería Gremial N° 2, otorgada en 1946, y otro, el segundo, con Personería Gremial N° 1628, del 2002.
Como se dijo, ninguna excluye a la otra, y ambas organizaciones pueden ejercer la totalidad de los derechos que se derivan de su Personería Gremial, y los trabajadores de la UNRC pueden optar por afiliarse a una u otra, por las razones que sean. Evidentemente, uno sería mayoritario y otro minoritario, por lo que algunos derechos serán ejercidos en base a las proporciones de representación de cada uno.
En virtud de ello, ambos sindicatos tienen afiliados, realizan actividad sindical, cuentan con delegados electos que además gozan de tutela sindical, se les descuenta la cuota sindical de sus afiliados, son titulares de conflictos colectivos y reconocidos como interlocutores por las autoridades de la UNRC y pro el Ministerio de Trabajo.
Ahora bien, nada de ello causó tanto revuelo en su momento ni en estos días como la Resolución de la UNRC que decide “autorizar a ATE a designar veedores para cualquier concurso no docente”.
Se trata de un mecanismo de participación en un acto de suma importancia para los trabajadores, entre los que hay, como vimos, afiliados a ATE.
Es evidente que si son dos los sindicatos que designan veedores en los concursos, el bien protegido, que es la transparencia, publicidad y garantía de los derechos de los trabajadores, se verá ampliamente favorecido.
Parece mentira entonces que cuando se trata de profundizar la democratización de las relaciones laborales, lo cual, va de suyo, beneficia a los trabajadores, a los sindicatos y a la propia Universidad, sean tantas las voces que se alzan en contra, como si le tuvieran miedo a la democracia.
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